InicioActualidadExtinción de dominio: “El...

Extinción de dominio: “El DNU de Macri es para la tribuna y no respeta la República”, afirmó Jorge Rizzo

En comunicación con Mañana Sylvestre el letrado señaló que “Germán Garavano ayer quería decir que este tema de la extinción de dominio de bienes de la corrupción y el narcotráfico es una cuestión civil, cuando no lo es: es una cuestión mixta. Es una consecuencia civil derivada de una acción penal. Si no hay acción penal, no hay acción de extinción del dominio. Entonces van juntas. Empezando por allí, lo que están diciendo es equivocado. Luego el artículo 99 inciso 3 delimita muy bien en qué casos se pueden usar este tipo de decretos: cuando haya necesidad, cuando haya urgencia y no haya procedimiento legislativo en marcha. En este momento, ¿hay necesidad? No le veo ninguna. ¿Hay urgencia? Tampoco. Estamos a 40 días de que se inicie el período de sesiones ordinarias de la Cámara de Senadores, que es la que lo tiene pendiente. Entones no hay necesidad ni hay urgencia.

Rizzo agregó que por otro lado este DNU “se quiere aplicar para atrás: es decir que se viola el principio de retroactividad de la ley, que es universal, no de la Argentina. Me parece que como cuando el presidente antes de cumplir una semana de haber sumido colocó dos ministros de la Corte Suprema por decreto, intenta otra vez desligar la atención, y esto es “más un globo aerostático que una medida jurídica”.
En comunicación con Radio 10 Rizzo añadió además que “este mecanismo lo instauró Carlos Menem en los años 90. A tal extremo que cuando se hizo la reforma de 1994 de la Constitución se generó este inciso 3º del artículo 99 que antes no existía en cuanto a la fuerza que tiene hoy para justificar todo aquello que había hecho el ex mandatario que para mí era casi una emulación de la monarquía absoluta que existía en el siglo XVIII y XIX. Me parece que hay que respetar la República, y este decreto no la respeta”.

“Me parece que otra vez el presidente realiza una bravuconada, más tendiente a que después, cuando esto se caiga digan “pobre Macri, él intentó hacerlo, pero entre los juedes y los senadores se lo impidieron. Para quedar como el chico de la película”, sugirió Rizzo. Y agregó: “Este DNU es muy burdo. Y solamente está fundamentado en la grieta. Muchísima gente que se llenó la boca diciendo que los otros no respetaban al Constitución, ahora justifican que no se respete”.

Peligros que vienen
Para Rizzo “el sistema no solamente es grave, sino que es muy peligroso de cara a lo que se viene. No sea cuestión de que mañana aparezcan con la reforma laboral también de esta manera… Me parece que llegó la hora de que el Senado y sobre todas las cosas los jueces federales argentinos se calcen los pantalones y pongan en primer lugar lo que tiene que poner, que es la Constitución Nacional. Si se someten a la letra y al espíritu de la Carta Magna argentina, esto no puede pasar, no se puede admitir, e incluso me parece que el Poder Ejecutivo ha sobrepasado de manera fragante las facultades que le da el inciso 3 del artículo 99.

Rizzo explicó que el DNU del Ejecutivo “ya está vigente. La procuración fiscal se encargaría de este tema por lo que estuve viendo. Todavía no lo pude desmenuzar porque salió publicado hace un ratito. Lo que sí hay es una inversión del cargo de la prueba: es decir, el Estado no tiene que probar que quien tiene un bien lo hizo de manera dolosa, sino que es el propio propietario quien tiene que probar que lo adquirió de manera lícita. Pero insisto: lo pueden decomisar y sacar los bienes, y si luego de 20 años la causa prescribió o si en algún momento del procedimiento se declara que la persona es inocente, si los bienes fueron realizados, fueron realizados, le devolverán lo que quede… En un país donde tenemos una inflación del 50% anual, imagínese que manda a la bancarrota a una persona que por ahí no tiene nada que ver con ningún tipo de delito…”.

Miércoles 23 de enero de 2018

Te puede interesar