El juez paraguayo Matías Garcete, integrante del tribunal que condenó al senador argentino Eduardo Kueider, aseguró que la sentencia se basó en el incumplimiento de las normas aduaneras vigentes en Paraguay y remarcó que el delito de tentativa de contrabando quedó configurado por el ingreso al país con dinero no declarado.
En diálogo con Mañana Sylvestre, por Radio 10, Garcete explicó que el tribunal condenó a Kueider a dos años de prisión por contrabando en grado de tentativa, mientras que su secretaria recibió una pena de un año y diez meses.
La causa se originó tras la detención de ambos en diciembre de 2024 cuando intentaban ingresar a Paraguay con 211 mil dólares, más de 600 mil pesos argentinos y casi 4 millones de guaraníes sin haber realizado la correspondiente declaración aduanera.
«Hemos resuelto el ámbito de la culpabilidad de estas dos personas sobre la base de nuestra disposición normativa prevista en el artículo 336 de nuestro Código Aduanero», explicó Garcete.
El magistrado señaló que la legislación paraguaya fue endurecida a partir de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), incorporando mayores controles para este tipo de operaciones.
«Paraguay ha puesto disposiciones más duras para el control de este tipo de circunstancias», sostuvo.
El eje de la condena
Durante la entrevista, Garcete aclaró que el punto central de la condena no fue el origen del dinero sino la omisión de declararlo al ingresar al territorio paraguayo.
«Lo que sanciona específicamente es la introducción sin generar la debida declaración pertinente que exige nuestra disposición normativa.»
Y agregó:
«Esta acción de introducir ese activo se realizó contrariando la disposición que determina la declaración positiva aduanera.»
El juez remarcó además que el tribunal sólo analizó los hechos incluidos en la acusación fiscal.
«Nosotros solamente ingresamos al debate de los hechos que el Ministerio Público nos presentó; no podemos salirnos de eso.»
La defensa de Kueider
Consultado sobre uno de los principales argumentos de la defensa —que el dinero no constituye una mercancía y, por lo tanto, no puede ser objeto de contrabando—, Garcete explicó que esa postura fue rechazada por el tribunal.
«Esa fue justamente la postura de la defensa durante todo el proceso.»
Sin embargo, explicó que la fundamentación de la sentencia se apoya tanto en el Código Aduanero como en una resolución administrativa que establece expresamente la obligación de declarar dinero al ingresar o salir del país.
«La resolución número 256 del año 2010 establece que hay un deber de declaración de las personas que ingresan o salen del territorio nacional transportando dinero.»
El magistrado anticipó que la sentencia completa con sus fundamentos escritos estará disponible la próxima semana, momento a partir del cual las partes podrán presentar una eventual apelación.
Los ingresos previos de Kueider a Paraguay
Otro de los aspectos abordados durante la entrevista fue el registro de viajes anteriores realizados por el senador argentino a Paraguay.
Garcete confirmó que esos antecedentes fueron incorporados como elemento de prueba para acreditar que Kueider conocía la normativa aduanera paraguaya.
«No era la primera vez que estaba ingresando a Paraguay y tenía varios registros migratorios.»
Y precisó:
«Eso sirvió de base para entender que era una persona que ya conocía los controles y las formalidades que debía cumplir.»
No obstante, aclaró que esos ingresos anteriores no fueron objeto de una investigación penal adicional.
«No se hizo una extensión investigativa respecto de esas ocasiones; solamente se analizaron los registros migratorios.»
Cómo se fijó la pena
Respecto de la condena, Garcete explicó que el delito prevé una pena de hasta cinco años de prisión y que el tribunal aplicó los criterios establecidos por el Código Penal paraguayo para individualizar la sanción.
«Nuestro marco penal para este hecho es de hasta cinco años de pena privativa de libertad.»
Finalmente, explicó la diferencia entre las condenas impuestas a Kueider y a su secretaria.
«El control normativo nos llevó a establecer dos años para él y un año y diez meses para la señora.»





